¿CUALES SON LAS OBLIGACIONES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS?
La ley plantea la existencia de tres tipos de obligaciones para las instituciones educativas, las cuales denomina como obligaciones especiales, etica y complementaria.
¿CUALES SON LAS OBLIGACIONES ESPECIALES?
Son las que parecen contenidas en los 12 numerales del articulo 42 y se refieren a:
Facilitar el acceso y la permanencia en el sistema educativo. Brindar una educaciòn pertinente y de calidad.
Respetar la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.
Establecer una comunicaciòn permanente con los padres de familia.
Brindar orientaciòn psicopedagògica y psicologica.
Respetar la expresiòn e identidad cultural.
Fomentar el estudio de los idiomas nacionales y extranjeros, asi como de las lenguas especiales.
Evitar cualquier conducta discriminatoria frente a los niños, niñas y adolescentes.
¿QUE SE ENTIENDE POR OBLIGACIONES ÈTICAS FUNDAMENTALES?
Son aquellas que hacen refernecia a garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto de su dignidad, vida, integridad fisica y moral dentro de la convivencia escolar. Aparece prescrita en los 3 numerales del articulo 43.
Se refiere a la obligaciòn de formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales, para lo que deberan inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demas en forma general y de manera especial hacia quienes se encuentran en situaciones de desventaja por discapacidades, vulnerabilidad o capacidades sobresalientes.
Plantea tambièn la obligaciòn de proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresiòn fisica o psicologica, humillaciòn, dicriminaciòn o burla por parte de los demas compañeros y de los profesores y obliga a establecer en los reglamentos mecanismos adecuados de caracter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresiòn fisica o psicologica y los comportamientos de burla, desprecio y humillaciòn.
¿CUALES SON LAS OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS?
Estan establecidas en el articulo 44 y se refiere a las tareas que deben cumplir los directivos, los docentes y la comunidad eduacativa para:
Comprobar la inscripciòn de los estudiantes en el registro civil de nacimiento.
Detectar, orientar y apoyar en forma oportuna los casos de malnutriciòn, maltrato,abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar y explotaciòn economica.
Comprobar la afiliaciòn de los estudiantes a un règimen de salud (SISBEN-EPS).
Prevenir el trafico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas dentro de las instalaciones educativas.
Solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas cotra el trafico, consumo y venta en los alrededores de las instituciones.
Coordinar los apoyos necesarios para el acceso y la integraciòn educativa de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.
Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil.
Orientar a la comunidad educativa para la formaciòn en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja.
¿QUE PROHIBICIONES HACE LA LEY A LOS EDUCADORES Y DIRECTORES DE I.E.?
El articulo 45 prohibe en forma expresa imponer sanciones que conlleven maltrato fisico o psicologico hacia los estudiantes, o adoptar medidas que afecten su dignidad. Asi mismo prohibe la inclusiòn de este tipo de sanciones en los manuales de convivencia escolar.
¿Quiénes somos?
Somos un grupo de líderes, habitantes de la Comuna 7 del Municipio de Medellín-Antioquia-Colombia, que ofrece acompañamiento a las familias y a las personas afectadas por situaciones de violencia intrafamiliar, por medio del suministro de información, la escucha, la remisión a atención especializada y el seguimiento a los casos, velando por respuestas sociales con dignidad y un debido proceso.
Misión
La Red de Apoyo Social de la Comuna 7 tiene como Misión contrarrestar la problemática de violencia intrafamiliar y promover el buen trato en la zona, a través de acciones de prevención y promoción.
Visiòn
La Corporaciòn Red de Apoyo Social-CORPOREDAS, sera en el año 2018 una organizaciòn autosostenible, con programas de impacto que involucren, sensibilizen y generen corresponsabilidad en la familia y la sociedad, en lo relacionado con la prevenciòn de la violencia intrafamiliar y la promociòn de buen trato.
sábado
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